¿Está permitido atravesar una intersección al dar marcha atrás como complemento de otra maniobra?
Revisada el 7 oct 2026
- A Sí, siempre que no haya peatones
- ✓ No, no se permite cruzar intersecciones marcha atrás
- C Sí, si se hace despacio
- D Sí, durante la noche
Por qué esta es la respuesta correcta
Según el artículo 80.2 del Reglamento General de Circulación, la marcha atrás como maniobra complementaria de la parada, el estacionamiento o la incorporación a la circulación no puede superar 15 metros ni invadir un cruce de vías. Además, debe limitarse al recorrido mínimo indispensable (art. 80.1).
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